COSTAS PROCESALES: IMPOSICION: costas derivadas de las diligencias para el cumplimiento de la ejecutoria: los actos de cumplimiento de la sentencia que no sean llevados a cabo por el condenado que sea vencido en el proceso de declaración y deba solicitarse el auxilio judicial son a cargo del vencido; ejecución impropia para el cumplimiento de sentencias declarativas y constitutivas: el pago de las costas corresponde a la parte a quien aprovecha su cumplimiento; PROCEDENCIA: ejecución impropia: división de la cosa común mediante la venta en pública subasta, aprovechando por igual a ambas partes: procede la condena en costas de la ejecución a la demandada, pero reducida a la mitad de los gastos necesarios para la celebración de la subasta: exclusión de los honorarios de letrado y derechos de procurador pues cada una de las partes es quien resulta beneficiada por su representación y defensa.